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Confirman la declaración “en rebeldía” de Stornelli en la causa de espionaje

Lo hizo la Cámara Federal de Mar del Plata sobre la negativa a ir en cuatro oportunidades ante el juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó ayer la declaración de rebeldía del fiscal porteño Carlos Stornelli en la causa por supuesto espionaje ilegal que se le sigue en Dolores por no haberse presentado a cuatro citaciones a declaración indagatoria.

Además, el Tribunal de Apelaciones ordenó al juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, que pida a la Procuración General de la Nación que se evalúe si corresponde iniciar un juicio político al fiscal del caso ‘cuadernos de la corrupción’, según la resolución firmada ayer.

Mantiene la inmunidad de arresto

Los camaristas Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel resolvieron "confirmar la declaración de rebeldía dictada respecto del Dr. Carlos Ernesto Stornelli" aunque "dejando a salvo la inmunidad de arresto que de momento detenta el Sr. Fiscal declarado rebelde".

"Nos permitimos reflexionar que los funcionarios públicos alcanzados por esa prerrogativa no debieran abusar de la misma para intentar eludir su obligación de cumplir con una manda judicial, máxime cuando en este caso, el convocado se trata de alguien que fue designado justamente para promover la actuación de la justicia, en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad", consideraron los jueces.

La Cámara advirtió que "en un sistema democrático, con funcionamiento republicano de las instituciones, no deben admitirse privilegios personales que permitan al beneficiario de una inmunidad de arresto, abstraerse del cumplimiento de determinadas cargas procesales derivadas del proceso judicial regular".

Además, la Cámara ordenó a Ramos Padilla cumplir "en forma inmediata" con lo dispuesto en el artículo 1 de la ley 25320, salvo que Stornelli opte "por comparecer en forma voluntaria, haciendo cesar así su estado de rebeldía".

"Conforme así lo dispone en forma expresa el Art. 1 de la Ley, una vez que el Magistrado actuante constata la incomparecencia del fiscal aforado a estar en juicio, deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político a la autoridad competente, ya que, de así acaecer y si correspondiese, una vez despojado el Sr. Fiscal de sus fueros, es el propio Juez quien posee las herramientas procesales para constreñir su comparendo a estar a derecho", recordó la Cámara.

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