En horas del mediodía de ayer, Facundo Izquierdo (22) se presentó, acompañado por su abogada Analía Nicoli, en la Fiscalía de Instrucción del Segundo Turno, que es encabezada por Juliana Companys, para ser sometido a indagatoria. En el marco de esta instancia judicial, como se procede habitualmente, el imputado, en este caso por el delito de grooming, puede declarar o abstenerse de hacerlo, sin que ello implique una presunción de culpabilidad. La profesional que asiste al joven, en diálogo con este matutino, confirmó que su defendido declaró. Sin embargo, no se pudieron conocer los detalles sobre lo que expuso porque ello será valorado por los funcionarios judiciales a los fines de la investigación.
Un recuento del hecho
En la tarde noche del jueves 10 de octubre pasado, en la esquina de Lisandro de la Torre y Deán Funes, en el barrio Belgrano, personal policial detuvo a Izquierdo. De acuerdo con lo informado por la Departamental General San Martín en esa ocasión, él le habría solicitado a una niña de 12 años, a través de una red social, fotografías íntimas.
Respecto de la aprehensión cabe recordar que la madre se hizo pasar por la víctima y pactó un encuentro con el hombre. En esas circunstancias fue que los efectivos lo arrestaron y le secuestraron un celular.
Con posterioridad a la aprehensión, el viernes se desarrollaron una serie de allanamientos: dos procedimientos en Lisandro de la Torre 1900, en el mismo sector de la ciudad, y uno en Comercio S/N de Villa Nueva.
Como resultado del operativo se incautaron dos notebooks, una CPU de escritorio y un pendrive. Por último, es preciso añadir que aún no se conocen los resultados de la prueba que está siendo analizada por miembros de Cibercrimen y de Informática Forense de la capital cordobesa.
“Estamos a disposición de la Justicia”
“Se le imputó un hecho”, dijo Nicoli y aclaró que luego, en función de lo que se perite, la Fiscalía podrá resolver “ampliar en caso de que sea necesario o no hacerlo”. Por otro lado, sostuvo: “Se habla mucho respecto de este tema. Actualmente no sé si todos tienen tan bien en claro en qué consiste el delito”.
Sobre el grooming hay que decir lo siguiente. En noviembre de 2013, la Cámara de Senadores aprobó la Ley 26.904 que incluyó, bajo el título correspondiente a los delitos contra la integridad sexual, un artículo en el Código Penal que lo castiga. El artículo es el 131 y dice así: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Nicoli explicó: “En algunos casos se determina que se consuma el delito cuando hay un encuentro fehaciente y a veces se considera que no. Va a depender de las circunstancias de cada caso”, indicó y subrayó que es necesario tener control sobre el modo en el que utilizan la tecnología niños, niñas y adolescentes.
Posteriormente, manifestó que todavía no cree que “acá no esté regulado como corresponde”. “Al no estar tipificado de manera tan estricta y con las condiciones y características del delito como tiene que ser, presta para la confusión respecto de la consumación y en cómo se lleva adelante el delito”, agregó.
La abogada, en otra dirección, mencionó que su defendido estuvo un día alojado en la alcaidía local. Después lo trasladaron al Establecimiento Penitenciario N°5, de barrio Belgrano, y por último, al no haber espacio en la cárcel, lo derivaron a Bouwer.
Finalmente, destacó que Izquierdo no tiene antecedentes penales y que se encontraba cursando estudios. “Estamos a disposición de la Justicia para que este hecho se esclarezca”, concluyó.
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En la tarde noche del jueves 10 de octubre pasado, en la esquina de Lisandro de la Torre y Deán Funes, en el barrio Belgrano, personal policial detuvo a Izquierdo. De acuerdo con lo informado por la Departamental General San Martín en esa ocasión, él le habría solicitado a una niña de 12 años, a través de una red social, fotografías íntimas.
Respecto de la aprehensión cabe recordar que la madre se hizo pasar por la víctima y pactó un encuentro con el hombre. En esas circunstancias fue que los efectivos lo arrestaron y le secuestraron un celular.
Con posterioridad a la aprehensión, el viernes se desarrollaron una serie de allanamientos: dos procedimientos en Lisandro de la Torre 1900, en el mismo sector de la ciudad, y uno en Comercio S/N de Villa Nueva.
Como resultado del operativo se incautaron dos notebooks, una CPU de escritorio y un pendrive. Por último, es preciso añadir que aún no se conocen los resultados de la prueba que está siendo analizada por miembros de Cibercrimen y de Informática Forense de la capital cordobesa.
“Estamos a disposición de la Justicia”
“Se le imputó un hecho”, dijo Nicoli y aclaró que luego, en función de lo que se perite, la Fiscalía podrá resolver “ampliar en caso de que sea necesario o no hacerlo”. Por otro lado, sostuvo: “Se habla mucho respecto de este tema. Actualmente no sé si todos tienen tan bien en claro en qué consiste el delito”.
Sobre el grooming hay que decir lo siguiente. En noviembre de 2013, la Cámara de Senadores aprobó la Ley 26.904 que incluyó, bajo el título correspondiente a los delitos contra la integridad sexual, un artículo en el Código Penal que lo castiga. El artículo es el 131 y dice así: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Nicoli explicó: “En algunos casos se determina que se consuma el delito cuando hay un encuentro fehaciente y a veces se considera que no. Va a depender de las circunstancias de cada caso”, indicó y subrayó que es necesario tener control sobre el modo en el que utilizan la tecnología niños, niñas y adolescentes.
Posteriormente, manifestó que todavía no cree que “acá no esté regulado como corresponde”. “Al no estar tipificado de manera tan estricta y con las condiciones y características del delito como tiene que ser, presta para la confusión respecto de la consumación y en cómo se lleva adelante el delito”, agregó.
La abogada, en otra dirección, mencionó que su defendido estuvo un día alojado en la alcaidía local. Después lo trasladaron al Establecimiento Penitenciario N°5, de barrio Belgrano, y por último, al no haber espacio en la cárcel, lo derivaron a Bouwer.
Finalmente, destacó que Izquierdo no tiene antecedentes penales y que se encontraba cursando estudios. “Estamos a disposición de la Justicia para que este hecho se esclarezca”, concluyó.

