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El oficialismo quiere que la moratoria comience a regir a fines de julio

El objetivo es abarcar una deuda de más de $ 750 mil millones contraída en cuarentena.

El oficialismo tiene definido el proyecto de ampliar la moratoria impositiva, aduanera y previsional, que buscará aprobar en el Congreso para que comience a regir a fines de julio, trascendió ayer.

El objetivo es amortiguar la profunda crisis causada por la pandemia, y el plan se estima que abarcaría una deuda superior a los $750.000 millones acumulada durante la cuarentena aplicada para tratar de contener los contagios de coronavirus.

Para entrar al plan -que brindará quitas y abarcará deudas vencidas al 31 de mayo último-, los beneficiarios no podrán girar dividendos al exterior ni tampoco hacer compras en el mercado cambiario, aclararon legisladores del oficialismo.

En la semana, el gabinete económico había analizado la iniciativa presentada por la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), Mercedes Marcó del Pont, para apoyar la recuperación de la actividad, que en abril desbarrancó 26,4%, un nivel récord.

En las últimas horas, el oficialismo definió detalles del proyecto que beneficiaría a empresas de diversos tamaños, así como también a monotributistas, y que abarcaría deudas estimadas en más de $ 800.000 millones, según coincidieron fuentes del oficialismo y de la oposición.

"La moratoria sirve para ayudar sin excepción a monotributistas autónomos, pymes y grandes empresas, y también para ordenar a futuro las cuentas públicas, ya que hay una deuda global de $750.000 millones", dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, en declaraciones periodísticas.

De acuerdo con el anteproyecto, "las multas y demás sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas al 31 de mayo de 2020, quedarán condonadas de pleno derecho".

La tasa de interés será fija, del 2 por ciento mensual hasta enero de 2021 inclusive, y luego se aplicará la tasa Badlar en pesos de bancos privados.

En un escenario de limitadas reservas en el Banco Central, la iniciativa oficial aclara que los planes de facilidades de pago caducarán "cuando se acceda al Mercado Único y Libre de Cambio (Mulc) para realizar pagos de beneficios netos de cualquier categoría a sociedades, empresas o cualquier otro beneficiario del exterior" por prestaciones derivadas de servicios de asistencia técnica, ingeniería o consultoría.

Tampoco podrán acceder las empresas que giren "dividendos o utilidades a sus accionistas o socios" a partir del momento en el cual se adhirió al régimen hasta la finalización de ese ejercicio fiscal, así como también por los 24 meses subsiguientes.

El texto puntualiza que el contribuyente podrá "optar por cancelar anticipadamente el plan de pagos en la forma y bajo las condiciones que al efecto disponga la Administración Federal de Ingresos Públicos".

En tanto, señala que "la calificación de riesgo que posea el contribuyente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos no será tenida en cuenta para la caracterización del plan de facilidades de pago".

"La Afip dictará la normativa complementaria necesaria para implementar las condiciones previstas en el presente régimen" a efecto de "estimular la adhesión temprana", así como también "ordenar la refinanciación de planes vigentes", según el anteproyecto de la ampliación de la moratoria.

Por otra parte, la Afip dispuso oficialmente ayer extender hasta el 31 de julio el plazo de adhesión a la moratoria impositiva para micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.

Además, el organismo recaudador estableció las pautas para que los interesados puedan acceder al beneficio.

Se trata del plan para financiar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social acumuladas hasta el 30 de noviembre de 2019, según la resolución general 4755/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

De acuerdo con lo dispuesto, el porcentaje del pago a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y el mes del primer vencimiento serán determinados en función del tipo de deuda, el tipo de sujeto y la fecha de consolidación.