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Condenaron a 9 años de prisión al conductor de la lancha que mató al hijo de Storani

Se trata de Pablo Torres Lacal, quien fue declarado culpable del delito de "triple homicidio simple con dolo eventual"

El Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de San Isidro condenó a la pena de 9 años de prisión a Pablo Torres Lacal por la muerte del hijo del ex funcionario radical Federico Storani, ocurrida en marzo de 2016 en el Delta del Tigre.

El TOC N°1 determinó la condena para Torres Lacal por la muerte de Manuel Storani, de 14 años; de su madre, Ángeles Bruzzone, y de un tripulante amigo que iba en la embarcación.

Los jueces Alberto Ortolani, Sebastián Hipólito Urquijo y Gonzalo Aquino determinaron que Torres Lacal, de 55 años, es culpable del delito de "triple homicidio simple con dolo eventual", una figura que contempla penas de hasta 25 años de prisión.

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Pablo Torres Lacal.

Durante los alegatos, el fiscal Diego Callegari había pedido la pena de 12 años de prisión, mientras que Storani, como querellante, y a través del abogado Carlos Acosta, pidió 13 años de cárcel por la misma figura delictiva.

Con respecto a la defensa de Torres Lacal, a cargo de Maximiliano Rusconi, había reclamado la absolución.

Durante el juicio, el acusado pidió disculpas a los damnificados: "Fue lo peor que me pasó en la vida. Desde que me desperté, siete días después del accidente, no paraba de llorar. Pido sinceras disculpas porque entiendo lo que están sintiendo".

Pese a que el tribunal ordenó su detención, ésta no se hará efectiva hasta tanto el fallo en las sucesivas instancias de apelación.

El próximo paso será la revisión de la condena por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.

En el fallo se determinó que el imputado conducía una lancha deportiva, en horas de la noche, en un río que por sus características topográficas y geográficas presentaba escasa o casi nula visibilidad.

Torres Lacal conducía a excesiva velocidad y en zigzag, sin respetar la debida vigilancia y la velocidad de seguridad que exige el Reglamento Internacional para la navegación en estas circunstancias.

El imputado, añadió el fallo, "administró un riesgo sumamente amplio con su accionar, en plena conciencia y conocimiento de sus actos, y habiendo sido advertido, momentos antes, de un posible desenlace como el que finalmente ocurrió, por un empleado de la estación de servicio donde previamente el acusado había concurrido a cargar combustible a altísima velocidad".

"Le dije que trate de andar un poco más despacio porque así se puede llevar a alguien por delante", declaró el playero durante el juicio.